Sea por obra de la mala Constitución Política que nos rige, ya en virtud de un deplorable deterioro de nuestra institucionalidad, en las últimas semanas nos ha tocado presenciar un espectáculo bochornosos como el que más.
Se trata de la confrontación entre la Corte Constitucional y el Procurador General de la Nación, generada a partir del fallo de tutela de tres magistrados que, por el influjo de un grupo de presión abortista liderado por Mónica Roa, les ordenaron al segundo y a dos de sus subalternas que se retractaran de los conceptos que habían emitido en torno de lo que por un hipócrita subterfugio se viene denominando como “derechos sexuales y reproductivos de la mujer”, en lugar de aborto a secas, y de los efectos de la famosas “pastilla del día después”, que los magistrados insisten en que se los llame “anticonceptivos” y la Procuraduría ha considerado como “abortivos”.
Este evento es uno más de los “choques de trenes” que se han hecho ya proverbiales en nuestra práctica institucional.
Como todos ellos, sus efectos en la salud de la república son desastrosos. De choque en choque llegaremos algún día a alguna solución de fuerza que terminaría dando al traste con nuestro ordenamiento constitucional.
Por lo pronto, formularé algunas glosas sobre lo sucedido.
La primera tiene que ver con el procedimiento que ha dado lugar a la confrontación, esto es, la acción de tutela.
La pregunta obvia que uno se hace de entrada es:¿se dieron los supuestos constitucionales para el ejercicio de esta acción por parte de Mónica Roa y sus más mil compañeras probablemente no vírgenes ni mártires?
De lo que se ha publicado se colige que todas ellas consideran que las opiniones del Procurador y sus subalternas dizque vulneraron o amenazaron gravemente sus “derechos sexuales y reproductivos”, enmarcados dentro de conceptos más amplios como la vida digna, la salud y otros, de modo tal que las accionantes no tenían otra posibilidad efectiva de ampararlos, sino por medio de la acción de tutela.
Parece lógico inquirir si las peticionarias estaban dentro de las tres causales justificativas del aborto que por sí y ante sí, llevándose de calle la Constitución y la lógica, consagró un funesto fallo de la Corte Constitucional, de suerte que, por las opiniones de la Procuraduría, se les hubiese negado la posibilidad de interrumpir voluntariamente sus embarazos.
También parece lógico averiguar si estaban en plan de tener algún acceso carnal que se viera frustrado por la opinión de la Procuraduría acerca de los efectos abortivos del famoso fármaco, o si lo tuvieron y no pudieron tomarlo por miedo a que la justicia penal hiciese suya esa opinión.
No conozco el expediente sobre el que se produjo el fallo de los tres magistrados, pero albergo la idea de que pasaron por alto lo que el más modesto juez habría mirado de entrada, a saber, si se probaron los supuestos fácticos para el ejercicio de la acción.
Da la idea de que las accionantes ni siquiera se esmeraron en demostrar esos supuestos fácticos y que lo que hicieron, como suele ser ya de usanza, fue plantear unos supuestos hipotéticos, como los siguientes: “si yo quedara embarazada, las opiniones de la Procuraduría me impedirían acudir a la interrupción voluntaria de la gestación” o “si yo tuviera una cópula no podría impedir la concepción sobreviniente porque el Procurador opina que la “píldora del día después” es abortiva”.
Si un humilde juez hubiese otorgado el amparo bajo estos supuestos hipotéticos y en ausencia de todo elemento probatorio, habría hecho el hazmerreír y probablemente habría perdido el puesto o las posibilidades de ascenso en la carrera judicial. Pero si la que decide es nada menos que la Corte Constitucional, entonces hay que inclinarse ante su portentosa sabiduría.
Este asunto no habría ido más allá si hubiese mediado esta elemental reductio ad absurdum que acabo de sugerir y si no fuese porque había tras bambalinas otros ingredientes, como la presión del colectivo abortista, la ideologización de la justicia constitucional y el cometido político de oponerse a la reelección del procurador Ordóñez.
Digo, pues, que acá nos encontramos ante uno de los casos más aberrantes de distorsión y manipulación de la figura de la Tutela que haya sido dable conocer en los más de cuatro lustros que lleva de vigencia.
Veamos la segunda glosa que se me ocurre.
El fallo de los tres sapientísimos magistrados ordena que el Procurador y dos Viceprocuradoras se retracten de unas opiniones, y sugiere que, en virtud de tales retractaciones, las mil y más accionantes ya podrán follar a sus anchas sin temor a quedar en embarazo o, al menos, a no poder impedir su iniciación con la tal píldora, o a interrumpirlo, si derivare en alguna de las tres famosas causales.
Pues bien, ¿tanto poder tienen esas opiniones, tanto caso se le hace a la Procuraduría, tal capacidad tienen sus conceptos para hacer que la justicia penal se ajuste a ellos al pronunciarse sobre causales de justificación del aborto o de casos de uso de la “píldora del día después”? ¿Puede impedir la Procuraduría que las clínicas, los médicos y las droguerías atiendan a quienes demanden la “interrupción voluntaria del embarazo” o la mencionada píldora?
A primera vista, si uno cree que la Procuraduría está equivocada en un concepto dado, hay otros medios más razonables para pedirle que corrija sus apreciaciones e incluso están a la mano las acciones judiciales ordinarias.
Pero acá no se trataba de ser obsequiosos con el rigor jurídico, sino de darle un “golpe de opinión” al Procurador.
Y acá viene la tercera glosa: la violación en que ha incurrido la Sala, esa sí grave y flagrante, de los derechos del Procurador a las libertades de conciencia y expresión.
El fallo en comento no solo refuerza la ya ominosa tendencia de los jueces a la dictadura, sino que va más allá, al poner de manifiesto la persecución religiosa en contra de las creencias del Procurador, que son además las de la inmensa mayoría de los colombianos.
Casi al mismo tiempo, la Corte Constitucional, en otra decisión, dispuso que en los documentos oficiales no podrán mencionarse textos bíblicos ni de escrituras sagradas.
Estas dos providencias de la Corte Constitucional marcan pautas claras. So pretexto del carácter aconfesional o laico de la Constitución, se pretende que lo religioso y, específicamente lo cristiano y lo católico, queden relegados a la esfera íntima de la conciencia, de modo que no sean admisibles sus manifestaciones en la esfera de lo público.
Acá hay mucha tela para cortar y por ello será en otra oportunidad que me ocupe a fondo del asunto, pues no quiero fatigar al lector antes de exponer mi cuarta y, por ahora, última glosa.
Me refiero al tema de fondo de la discusión, que es el aborto.
Es tema en el que la discusión se mueve en un ambiente sórdido, pues, como escribí en Twitter, al debatirlo hay que enfrentar a esas abortistas ávidas de sangre inocente.
En mis Lecciones de Teoría Constitucional puse de manifiesto que la doctrina dominante en materia de derechos fundamentales ha perdido el norte moral.
Así se ve en todo lo que concierne al ámbito de las costumbres. Hasta la venerable noción de “buenas costumbres”, que tanta importancia tuvo en el derecho civil a lo largo de siglos, se ha visto relegada al “rincón de los recuerdos muertos”, de que habla un precioso tango de Homero Manzi. Ya ha perdido todo su vigor, pues ha sufrido el embate del relativismo moral que amenaza con desquiciar los cimientos de la civilización en que nacimos.
"Ante la norma moral que prohíbe la eliminación directa de un ser humano inocente `no hay privilegios ni excepciones para nadie ". Juan Pablo II
ResponderEliminar¡Excelente artículo del del Doctor Jesús Vallejo Mejía,quien ya nos tiene acostumbrados a los mismos y es que el que sabe sabe y si sumamos experiencia, honestidad, inteligencia y moralidad:SABE MÁS, lo otros son los otros.
ResponderEliminarSoy un convencido que abortar es asesinar ¿o quién me dice lo contrario?
"Derechos Sexuales y Reproductivos"007. Con Derecho para matar, al mejor estilo de Lan Fleming y su James Bond.
El Procurador, sí, todo un señor Procurador, fue obligado a retractarse y les obedeció, pero ajeno a esa grosera obediencia impuesta, pero él tranquilamente y como Galileo, puede decir: "Y sin embargo gira".
JEALBO
El poder judicial se ha tornado arbitrario y ha decidido legislar, gobernar y administrar justicia mediante sentencias. ¿Qué hacer? Yo propongo cambiar la manera de designar los magistrados de las altas cortes, para que tengan ellas mismas control popular, y se limiten a cumplir únicamente la honrosa función de administrar justicia.
ResponderEliminarEsa sentencia de la Corte Constitucional viola abiertamente la libertad de opinión y, a la vez, vulnera la Constitución y la ley, en el sentido de la acción de tutela procede solo cuando a alguien se le haya conculcado sus derechos. Hay que tener en cuenta que nadie puede ser lesionado por el hecho de que otro manifieste su opinión.
Respetado Dr. Vallejo:
ResponderEliminarEl Procurador Ordóñez torció el sentido de una sentencia anterior de la Corte Constitucional. Lo que dijo la Corte no fue lo que vino a decir el señor Ordóñez y sus dos subordinadas, enceguecidas de fanatismo clerical. Por eso, la Corte está plenamente facultada para ordenarle que se ciña a la verdad de los hechos, máxime cuando la sentencia de la Corte está a la vista de todos.
Noto cierta furia en su comentario. Chilla leer esos términos de "follar" y demás alusiones sexuales contra las señoras que, en legítimo ejercicio de derechos ciudadanos, interpusieron tutela ante lo que consideraron violación a sus derechos.
Finalmente, concordamos en que no hay que alejar el sentido moral de la aplicación de la ley. Pero sí del moralismo, máxime cuando se confunde moral con catolicismo. El catolicismo puede ser enormemente inmoral: los curas pederastas predican una moral que no aplican cuando violan y abusan de menores de edad.
Mas chilla que Ud. confunda catolicismo con curas pederastas y que en consecuencia se atreva a afirmar que el catolicismo puede ser enormemente inmoral. Mas chilla que Ud. confunda la defensa del derecho a la vida con fanatismo clerical. Eso si es fanatismo seudoracionalista con sabor decimononico!
EliminarMas furia nos causa que el nuevo derecho en cabeza de estos magistrados proteja mas el derecho a follar que el derecho a la vida que puede darse como consecuencia de follar, gracias al diseño de la Naturaleza tras milenios y milenios de evolucion. Eso no le chilla al Sr. Auseron?
Eliminar¿...la corte está plenamente facultada para ordenarle que se ciña a la "verdad de los hechos"??????????
EliminarCon cuánto gusto respondería, si no fuera a anónimos. Así como el Dr. Jesús Vallejo Mejía suscribe sus ideas con su propio y respetable nombre, creo que quienes opinamos en el espacio que él generosamente abre, debemos hacer lo propio, ¿no les parece?
EliminarEl contenido de la idea expuesta hace que, en ocasiones como esta, resulte indiferente quién sea el autor del comentario. Si ello no fuera así, ¿de cuántas frases y pensamientos célebres nos habríamos privado? (por supuesto, no estoy afirmando que lo dicho por mí sea una frase o pensamiento célebre)
EliminarEl llamado "nuevo derecho", que se ufana de ser tan ecologista y rasga sus vestiduras ante la tala de un arbol, inexplicablemente consiente en el asesinato del embrion humano. Excelente articulo Profesor, como todos los que salen de su pluma, de su sabiduria y de su altura moral.
ResponderEliminarNo solo eso. El ordenamiento jurídico que hoy nos regula trata como un imbécil sin capacidad alguna de discernir al "consumidor" que compra una plancha o una licuadora; sin embargo, considera que una mujer que aborta es un sujeto absolutamente libre de decir acerca de la privación de la vida de una vida humana, y que dizque ello constituye un derecho que hay que proteger celosamente.
EliminarCorrijo: "...de decidir acerca de la privación de una vida humana..."
EliminarSeñores, señores...calma y no se vayan por las ramitas, que todo lo dicho por el Doctor Vallejo es muy clarito y nada para agregar. ¡Ahhh! Por favor, no le mezclemos religión al asunto. El hecho de que la iglesia Católica no esté de acuerdo con el abominable aborto, es simplemente una posición y no una imposición religiosa ni nada por el estilo. Estamos hablando de principio y la vida es un principio y un derecho DIVINO, que no puede ser truncado o asesinado por esos Agentes 007 con licencia para asesinar.
ResponderEliminarQue contra sentido y parodiando a MAFALDA,"que todos aquellos que están a favor del aborto, hubiésen nacido". Jealbo